Podrán obtener la condición de Socio mediante solicitud a la Junta de Gobierno del Centro Cultural de los Ejércitos.
Los Socios numerarios pueden ser todos los Oficiales Generales y Particulares en activo o retirados.
Los Socios supernumerarios pueden ser los mismos que los anteriores, pertenecientes a Ejércitos extranjeros y estén debidamente acreditados.
Igualmente los españoles mayores de edad que sean presentados por dos socios de número y siempre que estén en posesión de un título facultativo o nivel similar a la de Oficial de las Fuerzas Armadas.
También las esposas de los Socios numerarios y supernumerarios; las viudas del personal militar comprendido en las categorías señaladas anteriormente, y los hijos y huérfanos mayores de edad de los Socios numerarios.
Estas cuotas se cobrarán mediante domiciliación bancaria y será trimestralmente.
Las cantidades a abonar son:
SOCIOS NUMERARIOS 10,00 €/mes SOCIOS SUPERNUMERARIOS 15,00 €/mes ESPOSAS DE SOCIOS NUMERARIOS Y VIUDAS 5,00 €/mes ESPOSAS DE SOCIOS SUPERNUMERARIOS 7,50 €/mes
LOS HIJOS DE SOCIOS (MAYORES DE EDAD) PODRAN TENER LA CONDICIÓN DE SOCIO SUPERNUMERARIO. |