REGLAMENTO

 

Artículo 14º.- DEL VOCAL DE BIBLIOTECA Y ACTOS CULTURALES

Cuidará particularmente del buen funcionamiento de esta Vocalía del Centro Cultural de los Ejércitos. A tal efecto, dependerá directamente de este vocal el personal destinado en la Biblioteca para atender la inscripción, registro, custodia, mantenimiento entrega y recepción de los fondos bibliográficos.

            Será además competencia suya:

1.     Vigilar el cumplimiento de las normas dictadas por la Junta Rectora para la custodia y conservación de los fondos bibliográficos existentes, así como para la consulta de los mismos por los socios y la permanencia de éstos en los recintos bibliotecarios.

2.     Proponer la adquisición de nuevas obras, particularmente las relativas a técnica militar en todos sus aspectos, legislación general y régimen jurídico de las Fuerzas Armadas, así como la de obras y revistas de técnica general, historia, geografía, arte, derecho, literatura y cuantas materias considere de interés general para el Centro, siempre dentro de las posibilidades económicas de éste.

3.     Cuidar de la puntual renovación de suscripciones a revistas y periódicos, atendiendo a su utilidad y las preferencias de los socios.

4.     Sin perjuicio de lo que en cada caso se estime por la Junta Rectora, atenderá particularmente la organización y desarrollo de las exposiciones, conferencias y demás actos culturales que se celebren en el Centro.