REGLAMENTO

 

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Artículo 17º.- DEL VOCAL DE RESIDENCIA/HABITACIONES

        Como Delegado de la Junta Rectora, mantendrá en este importante servicio una inspección continua que garantice el buen funcionamiento de la Residencia de socios del Centro, cuidando que se observen rigurosamente las normas que, a tal efecto, se dicten por la Junta Rectora, además de las que pudieran ser de obligado cumplimiento.

            Cuantas incidencias pudieran surgir serán puestas en su conocimiento, a fin de adoptar las medidas pertinentes, que trasladará a la Secretaría General si el asunto así requiriese.