Artículo 19º.- JEFATURA DE PERSONAL Y SERVICIOS
Dependiente
de la Secretaria General y la Junta Rectora, tendrá a su cargo:
1. Respecto al personal empleado en el Centro:
Asignación, coordinación y control de tareas, horarios, turnos de trabajo y vacacionales, sustituciones y suplencias, horas extraordinarias, licencias, bajas laborales y demás cuestiones que afecten al personal.
2. Respecto al edificio social:
Dirección del servicio de conserjería del inmueble. Revisión de instalaciones y dependencias, comprobación de su correcta situación y funcionamiento, dando cuenta de cualquier daño o avería y disponiendo su reparación. Comprobación del buen estado del sistema de prevención de incendios y de los extintores instalados, instruyendo en su manejo a los empleados.
3. Respecto al arrendamiento y alquiler temporal de espacios del Centro y actos celebrados:
Control de las contrataciones realizadas, del tiempo de utilización y correcto empleo de los espacios, conforme a las estipulaciones concertadas.