REGLAMENTO

 

Artículo 13º.- DEL TESORERO-CONTADOR

                Conforme a los cometidos que, con carácter general, le asignen los Estatutos sociales, tendrá a su cargo y bajo su responsabilidad:

1.     La custodia de los fondos sociales depositados en la Caja, de la que serán también claveros el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario General.

2.     Los talonarios de las cuentas corrientes bancarias, que, con las firmas de los claveros, se abrirán a nombre del Centro.

3.     La realización de todos los pagos, ingresos y transferencias, que efectuará con la autorización del Presidente, del Vicepresidente o del Secretario General.

4.     Los arqueos mensuales, que realizará en presencia de los claveros, reflejando su resultado en el Acta correspondiente.

5.     La contabilidad de la Asociación, que reflejará puntualmente la totalidad de su desenvolvimiento económico-administrativo.

6.     La formulación de los estados de situación y tesorería, a presentar en la Junta Rectora en unión del informe sobre la marcha económico-financiera de la Asociación.

7.     La confección de las nóminas del personal, de las cuentas y balance de fin de ejercicio y del proyecto de presupuesto anual que, previa sanción de la Junta Rectora, han de ser presentados a la Asamblea General de Socios para su aprobación.

8.     Los demás cometidos que, por la Presidencia, le sean encomendados